Sesión 19 de Agosto

1) INFORMES POR RECURSOS CORRESPONDIENTES AL “RECUPERO DE OBRAS SOCIALES” EN LOS SERVICIOS DE SALUD
VISTO

El monto de recursos que recibe la Secretaría de Salud del Departamento Ejecutivo, equivalente a unos 118 millones de pesos según el Presupuesto del ejercicio 2009, representando ello el 30% del total de las erogaciones del municipio.
La Ordenanza Nº 8.430, sancionada el 15 de Abril de 2009, mediante la cual se facultó al Departamento Ejecutivo a distribuir lo ingresado en concepto de “Recupero de Obras Sociales”.


CONSIDERANDO

El número de pacientes atendidos en los hospitales municipales que poseen la cobertura de Obras Sociales, del Instituto Obra Médica Asistencial (IOMA) y del Instituto de Prestaciones Asistenciales Médicas Integrales (PAMI).
La cantidad de recursos que se invierte, tanto en atención médica, insumos, e infraestructura, para dar cobertura a aquellos vecinos del municipio que lo solicitan.
La contribución que realizan los vecinos y comerciantes a través del pago de sus tasas y que optan por no utilizar el sistema de salud municipal, sosteniendo el funcionamiento del mismo.
La necesidad de manejar con mayor eficiencia y eficacia la gestión de los recursos de la Secretaria de Salud, mejorando la calidad del gasto e invirtiendo esfuerzos en recuperar una proporción de las erogaciones estipuladas en el Presupuesto.
Que la Ordenanza 8.430 estableció criterios de distribución en concepto de “Recupero de Obras Sociales”, destinándolos a: Los profesionales pertenecientes a la Carrera Médica Hospitalaria; Personal de la Secretaría de Salud Pública que reviste el carácter de Planta Permanente, Personal Mensualizado y Profesionales Residentes Nacionales o Municipales; Asociaciones Cooperadoras de los tres Hospitales Municipales.
Que atento a la relevante participación que la atención de la salud pública representa en la afectación de los recursos del Municipio, el Bloque Unión-PRO-Convocación Ciudadana solicita el tratamiento y sanción del siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo informe el número de pacientes que han sido atendidos en los hospitales y centros de salud municipales entre el 1 de Enero y el 30 de Junio 2009, y que posean la cobertura de Obras Sociales, del Instituto Obra Médica Asistencial (IOMA) y del Instituto de Prestaciones Asistenciales Médicas Integrales (PAMI).
Artículo 2º.- A su vez, se solicita se informe sobre cual ha sido el monto de recursos percibidos en concepto de “Recupero de Obras Sociales”, cuya distribución se especifica en la Ordenanza Nº 8.430, junto a lo acreditado por el IOMA y PAMI, también en este caso con su correspondiente distribución.
Artículo 3º.- De Forma.
2) INFORMES POR PROGRAMA LECODENET
VISTO

Que el Municipio de San Isidro ha resultado seleccionado con el apoyo de la Unión Europea para el Proyecto denominado MULTIPLAIS LECODENET, según se informa en la página web oficial de la Municipalidad;
CONSIDERANDO
Que el programa, según lo informado en el sitio, tiene especial relevancia en las políticas contra la pobreza y la promoción de la cohesión social, lo que resulta un objetivo amplio y diverso;
Que los principios y valores enunciados son compartidos por el conjunto de la sociedad sanisidrense y deben difundirse ampliamente las acciones de gobierno que los promuevan,
Que a su vez se hace necesario reforzar la calidad en la ejecución de gastos destinados a brindar cobertura y asistencia a los sectores más vulnerables de la sociedad, contribuyendo a mejorar su calidad de vida.
Por todo ello, el Bloque Unión-PRO-Convocación Ciudadana propone el tratamiento y sanción del siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo informe sobre el alcance, cronograma y modalidad de Ejecución del referido y publicitado Proyecto Multiplais LECODENET, para el cual el Municipio de San Isidro ha sido seleccionado.
Artículo 2º.- A su vez, se solicita información sobre el carácter del apoyo financiero que la Unión Europea brindará al programa, junto a los mecanismos presupuestarios a implementarse para la asignación de aquellos recursos.
Articulo 3º.- De forma.

No hay comentarios:

Publicar un comentario